viernes, 14 de octubre de 2011

Muerte digna en el Congreso argentino (V)

Senador César Gioja (FpV/San Juan) 
Sigo estudiando los proyectos relacionados con la muerte digna que están en danza en el Congreso argentino. El proyecto de testamento vital del senador César Gioja (Expediente S-1391/10) no me merece más que un breve comentario.

Como los demás, el texto está lleno de reaseguros y promesas de salvaguardia de la dignidad humana y a la libertad individual del paciente, de los que se desdice pocas líneas más abajo. Dejar de alimentar o hidratar un cuerpo vivo es eutanasia pasiva y está prohibida explícitamente. De hecho también está prohibido no tratar una complicación que acelere la muerte, y hasta dejar de suministrar calmantes.
El Testamento Vital no podrá contener instrucciones que resulten contrarias al ordenamiento jurídico y además aquellas que dispongan restricciones al tratamiento necesario para aliviar el dolor, hidratarse y alimentarse, como así también todas aquellas acciones médicas que impliquen una eutanasia activa o pasiva.
Vale decir que si uno es uno de esos fanáticos cristianos que desea agonizar en medio de un dolor insoportable para ofrendárselo a su dios, la ley le obliga a recibir analgésicos. Le pondrán sedantes y calmantes aunque explícitamente haya dicho que quiere sufrir. (Esto tiene sentido, porque tal deseo de sufrir es casi seguramente patológico, pero por otra parte el autosacrificio y el sufrimiento es lo que le gusta al dios cristiano. ¡Qué dilema!)

Como los demás proyectos, éste falla porque pone un límite irrazonable a la dignidad del paciente. Para mí y sin duda para muchos otros sería sumamente indigno que mantuvieran mi cuerpo durante años penetrado y atravesado por tubos de plástico con el objeto de alimentarme e hidratarme (y de evacuar, es de suponer, los desechos resultantes del metabolismo); incluso si estuviese inconsciente, sería un espectáculo desagradable y grotesco para mis seres queridos, si es que no hay esperanza realista de que mi estado cambie para mejor.

Pero no nos ha de sorprender que el senador Gioja presente un proyecto tan poco humano y tan poco respetuoso de la libertad humana. Sus fundamentos están firmemente enraizados en el oscurantismo religioso de su elección (el del catolicismo). Así lo explica (las negritas son mías):
Para ser más claro respecto a lo que pretendo, quiero transcribir textualmente el modelo de testamento vital de la Conferencia Episcopal Española, que expresa el espíritu de este proyecto de ley:
“A mi familia, a mi médico, a mi sacerdote, a mi notario:
Si me llega el momento en que no pueda expresar mi voluntad acerca de los tratamientos médicos que se me vayan a aplicar, deseo y pido que esta Declaración sea considerada como expresión formal de mi voluntad, asumida de forma consciente, responsable y libre, y que sea respetada como si se tratara de un testamento. Considero que la vida en este mundo es un don y una bendición de Dios, pero no es el valor supremo absoluto. Sé que la muerte es inevitable y pone fin a mi existencia terrenal, pero desde la fe creo que me habré el camino a la vida que no se acaba, junto a Dios.
(…) Este testamento vital está en un todo de acuerdo con lo expresado por su Santidad Juan Pablo II en su discurso ante la Organización Mundial de Gastroenterología (…) También hace referencia a este tema en su Encíclica Evangelium Vitae (…).
Tomar como modelo para un documento legal sobre un tema ético importantísimo los dichos de obispos católicos o una encíclica papal es aproximadamente como preparar un paper científico sobre el descubrimiento de una nueva partícula subatómica basándome en los manuscritos de alquimistas medievales: simplemente no llegan al mínimo necesario para una discusión inteligible. ¿Cómo vamos a basar nuestro manejo de algo tan crucial en una ética que depende de los supuestos deseos o disposiciones de figuras mitológicas? ¿Cómo vamos a permitir que un médico le diga a un familiar de un paciente en agonía: “Disculpe, pero no puedo desconectarlo porque según la ley la vida en este mundo es una bendición de Dios”?

miércoles, 12 de octubre de 2011

Muerte digna en el Congreso argentino (IV)

Hace varios posts que vengo siguiendo el debate sobre el tema de la muerte digna en el ámbito legislativo argentino. Hay que decir que en realidad el debate en el Congreso ha sido muy poco. En cambio, lo que vemos es debate a nivel televisivo, lo cual no está mal para que al menos parte de la ciudadanía esté informada. Lo que sigue es una discusión en el programa A Dos Voces, en la cual participaron el senador Samuel Cabanchik (autor del proyecto de muerte digna que comenté en el post anterior), la diputada Cynthia Hotton, la doctora en bioética Nelly Espiño, y el Dr. Eduardo Tanus (médico, del Comité de Bioética del INCUCAI).




De Cynthia Hotton poco podemos decir porque la conocemos; pertenece a la iglesia evangélica pentecostal y su único propósito aparente en el Congreso es la propalación de la doctrina cristiana en su forma más fundamentalista, oponiéndose con argumentos sentimentales a todas las iniciativas que impulsen la libertad individual por sobre los caprichos de su dios imaginario. Ser testigo de su incapacidad discursiva y legal es penoso pero en modo alguno una experiencia extraordinaria. Para “informarse” sobre el complejísimo debate ético que rodea a las decisiones de muerte digna y encarnizamiento terapéutico, lo que hizo fue ir a visitar a Camila (una niña en estado vegetativo persistente que está en el centro de la escena mediática actual) y allí en ese cuerpo que sólo funciona porque está conectado a máquinas, dice, “Vi vida”. Eso fue lo más profundo que dijo, aparte de explicar que le costaba articular la palabra “encarnizamiento” porque ella es economista.

Nelly Espiño es un caso más complicado porque está de acuerdo con que Camila, como otros casos donde claramente no hay nada que hacer, debería ser dejada morir, pero en el debate también se encarga de sembrar dudas (de una manera absolutamente irresponsable) sobre la veracidad de los diagnósticos de muerte cerebral. Su afiliación hace más fácil dilucidar su postura: es miembro del Comité de Bioética del Hospital Austral, que depende directamente del Opus Dei. A Espiño le preocupa que, con proyectos de ley como éste, se pase del paternalismo médico a una autonomía exagerada del paciente. Argumenta en favor del respeto a la lex artis, vale decir, el criterio por el cual el médico debe regirse según el estado actual de la ciencia, más allá de lo que el paciente desee; esto está muy bien, porque el paciente no puede saber si su propia situación es terminal, valorar su propia calidad de vida futura hipotética si sigue tal o cual tratamiento, etc. El problema es que este dilema no tiene verdadera solución, y que el paciente siempre puede terminar cayendo en manos de los médicos del Hospital Austral o de alguna otra institución que privilegie una doctrina dogmática o revelada por sobre otras consideraciones.

lunes, 10 de octubre de 2011

Muerte digna en el Congreso argentino (III)

Para continuar con el tema de los proyectos sobre muerte digna que están en danza en el Congreso argentino, tengo aquí el de Samuel Cabanchik (Expediente S-644/11). Cabanchik es filósofo y senador nacional por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El proyecto incluye la expresión de testimonio vital o voluntad anticipada del paciente. Es interesante de leer, pero además hemos podido oír de boca del mismo senador algunos detalles. Cabanchik estuvo en el programa Juego Limpio el pasado 29 de septiembre y se discutió el tema junto con la periodista Sofía Caram (cuya hermana Layla murió hace unos años al decidir la familia no conectarla a un soporte vital para prolongar su vida) y María Inés Franck, representante del Centro de Bioética, Persona y Familia (una organización de fachada de la Iglesia Católica).



Cabanchik sintió la necesidad de aclarar que su proyecto no tiene “nada que ver con la eutanasia”, aunque la enviada de Dios no se mostró muy conforme. Es que el proyecto de ley deroga el artículo 11 de la Ley 26.529, que regula los derechos del paciente, la historia clínica y el consentimiento informado. El art. 11 dice que el paciente puede dejar instrucciones sobre su tratamiento médico, pero a la vez le permite al médico negarse a obedecer esta voluntad si implica “prácticas eutanásicas”, prácticas que la ley no define: en resumen, el médico puede decidir que cualquier cosa que no prolongue el funcionamiento orgánico del cuerpo del paciente hasta el límite de lo que la tecnología lo permite es eutanasia, y rehusarse a cumplir con sus deseos. Los médicos de hecho hacen esto hoy, no necesariamente por razones ideológico-religiosas, sino por miedo a ser acusados de homicidio o mala praxis. El proyecto de Cabanchik define lo que es eutanasia y la prohíbe explícitamente.

Lo que Franck demandaba saber, y Cabanchik no dejó muy claro, es qué se entiende por la clase de soporte vital que puede ser retirado o rechazado. Un respirador artificial claramente lo es, pero ¿qué pasa con la alimentación y la hidratación? De los fundamentos del proyecto parece surgir que tanto la alimentación como la hidratación, si no tienen motivo más que prolongar “una vida meramente biológica”, deberían poder ser retiradas legalmente según la voluntad del paciente o sus familiares, según corresponda.

Esto de la “vida meramente biológica” me recordó una de las punzantes frases que escuché del Dr. Adamow en el Congreso de Ateísmo: la palabra vida, dijo, no debe formar parte de ningún debate serio (legal o médico), porque su falta de definición concreta y su carga emotiva la hacen inútil. A primera vista uno imagina que todos sabemos qué quiere decir “una vida meramente biológica”, pero no podemos olvidar que la mayor parte de la sociedad no tiene conocimientos básicos de biología o medicina, ni de los siglos de discusión de grandes filósofos sobre la ética del sufrimiento y la muerte, y cree además en nociones metafísicas como el alma y la creación de la vida por parte de un ser sobrenatural. Si prescindimos de esos conceptos insostenibles (cosa que un estado laico y moderno debe hacer en sus leyes), ¿qué papel cumple  el calificativo de “meramente biológica” referido a la vida de una persona? ¿Se puede —en algún sentido que la ley o la medicina puedan discernir— vivir más allá de la biología?

Tengo más material sobre este tema y este proyecto en particular pero lo dejaré para un próximo artículo.

viernes, 7 de octubre de 2011

Muerte digna en el Congreso argentino (II)

Liliana Negre de Alonso, premiada
por sus patrones.
En mi anterior post hablé sobre los proyectos de ley, supuestamente referidos a la muerte digna, que pululan en el Congreso argentino. El más reciente, del diputado Jorge Rivas, parece ir por el buen camino. Cuando leí los nombres de los legisladores firmantes de los cinco proyectos que hay en el Senado sobre este tema, fruncí las cejas y me puse a rebuscar, porque me sonaba inverosímil que Liliana Negre de Alonso, la ultracatólica servidora del Opus Dei que el año pasado se dedicó a embarrar la cancha todo lo posible durante el debate de la ley por el matrimonio entre personas del mismo sexo, hubiera de pronto comprendido la necesidad de la muerte digna para aquellos pacientes que no tienen esperanza alguna y cuya existencia es puro sufrimiento para ellos mismos (si acaso están conscientes) y para sus familias.

Mi instinto, lamentablemente, no estaba errado; lo curioso se esfuma en cuanto uno lee el proyecto (Expediente S-3873/10). Lo que propone es bastante bueno: un sistema nacional de cuidados paliativos, con profesionales formados y habilitados específicamente para tratar al enfermo en la última etapa de su vida y confortarlo junto con su familia. Hasta aquí todo bien. Las alarmas se encienden en el artículo 4:
El Sistema Nacional de Cuidados Paliativos debe basarse en los siguientes principios:
1.- De reafirmación de la importancia de la vida en todas sus etapas (…)
2.- De respeto de la voluntad del paciente a elegir;
3.- De reconocimiento de los cuidados paliativos como un derecho inalienable de las personas con enfermedades en estado terminal.
El inciso 1 parece un formulismo (creo que nadie necesita que le recuerden la importancia de la vida), pero lo de “todas sus etapas” denuncia el origen católico del proyecto. No pierdan de vista el final del inciso 3, porque es un punto crucial. Luego del texto del proyecto en sí están los fundamentos, y ahí es donde se ve adónde va realmente la cuestión:
Valga la aclaración que sólo se puede aplicar cuidados paliativos a aquellas personas, que como bien señala la definición de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), no responden al tratamiento curativo, es decir, pacientes en fase terminal.
Ocurre en ocasiones que, para evitar que se sancione una ley determinada, se impulsa otra que cubre algunos de los puntos de su competidora y que es menos controvertida, con lo cual tiene más posibilidades de ser aprobada, cancelando el debate de fondo al menos por un tiempo. No cabe duda que los cuidados paliativos son importantes y deben estar reglamentados por una ley, pero los cuidados paliativos se definen como atención para pacientes cuya muerte es inevitable. Si la muerte es evitable, debe ser evitada, incluso si eso implica mantener con vida artificialmente un cuerpo humano cuyas funciones cerebrales superiores ya no existen, causando un sufrimiento prolongado a la familia del paciente y un inmenso gasto de recursos económicos y humanos. Sólo se puede aceptar la muerte del cuerpo del paciente si las medidas necesarias para mantenerlo vivo fueran extremas (encarnizamiento terapéutico) y la muerte fuera sólo cuestión de tiempo de todas maneras. Los pacientes que se encuentran en coma o en estado vegetativo persistente o permanente no son pacientes en fase terminal.

Para ser honestos, no puede decirse que la senadora Negre de Alonso o su co-firmante, Adolfo Rodríguez Saá, hayan querido presentar este proyecto como uno de “muerte digna” o para atajarse de otros proyectos en ese sentido. Pero dado que esto es claro, y aun así los medios reportan sobre este proyecto poniéndolo en la misma categoría que el del diputado Jorge Rivas, creo importante diferenciarlos.

miércoles, 5 de octubre de 2011

Muerte digna en el Congreso argentino (I)

El diputado nacional Jorge Rivas ha presentado en el congreso argentino un proyecto de ley que incorpora el derecho a una muerte digna y al testamento vital. Según reporta el portal Noticias Congreso Nacional,
El proyecto de Rivas establece que sea “derecho del paciente enfermo en situación terminal, estado irreversible o de agonía a tomar una decisión autónoma y a recibir cuidados paliativos integrales y un adecuado tratamiento del dolor en el proceso de muerte”. 
El de Rivas parece ser (no lo he leído) un auténtico proyecto de muerte digna, que contempla el derecho básico de cada persona a decidir sobre el final de su propia vida. Rivas, que estuvo entre la vida y la muerte durante meses luego de ser golpeado brutalmente en 2008 y quedó cuadriplégico y sin habla, se comprometió a presentarlo luego de conversar con la madre de Camila Herbón, una niña que se encuentra en estado vegetativo persistente y a la que no le permiten morir.


Ni lerda ni perezosa, la Sociedad Argentina de Ética Médica y Biológica (SAEMB), una fachada apenas opaca de la Iglesia Católica, se pronunció sobre el tema de la muerte digna, repitiendo la parte relevante de la doctrina que pasa por “ética” entre los fieles: todo lo que se haga para mantener vivo un cuerpo humano, siempre que no implique medios “sofisticados, extraordinarios, experimentales, caros, desproporcionados, excepcionales”, es obligatorio. Si el cuerpo del paciente no muere, hay que seguir alimentándolo y encargándose de que respire indefinidamente. Nótese que hablo de “cuerpo” porque para esta gente un cuerpo sin actividad cerebral detectable durante años sigue siendo una persona, aunque según casi cualquier criterio razonable, es evidente que ya no lo es (y esto, me parece, debería ser más claro todavía para quienes creen que la consciencia y la personalidad residen en un espíritu, separado del cuerpo físico).

En el Congreso de la Nación hay en este momento (contando el de Rivas) doce proyectos relacionados con la muerte digna y los cuidados paliativos, cinco en el Senado y siete en la Cámara de Diputados. Los del Senado tienen el punto curioso de que casi todos ellos fueron presentados por legisladores de derecha; el más curioso es de la autoría de Liliana Negre de Alonso, la senadora del Opus Dei que durante meses intentó embarrar el debate de la ley de matrimonio para personas del mismo sexo. Lo curioso se esfuma con rapidez en cuanto uno lee el proyecto… De eso hablaré en un artículo posterior.

martes, 4 de octubre de 2011

Podcast, ep. 13: Día de la Blasfemia, Benedicto XVI y los nazis


En esta edición del podcast de Alerta Religión: el porqué del Día de la Blasfemia, sobre el cual ya escribí en 2010 y en 2009 (“un día para perder el respeto”); la nueva incursión de Benedicto XVI en la pseudohistoria: como ya había hecho el año pasado en Gran Bretaña (motivando una réplica de Richard Dawkins), implicó que la maldad de los nazis provenía del ateísmo o de querer anular a Dios, lo cual hace difícil de entender por qué la Iglesia llamó a votar por Hitler; y la buena noticia de que el Ministerio de Educación de la provincia de Salta ya no está más controlado por el Opus Dei y ahora sí aceptará que se dicten clases de educación sexual.