viernes, 28 de mayo de 2010

La “libertad religiosa” avanza (A190)

En septiembre del año pasado hablábamos del proyecto de ley de “libertad religiosa” de la diputada Cynthia Hotton, que con la excusa de la igualdad le da a todas las congregaciones religiosas los mismos privilegios que ya tiene la Iglesia Católica, y añade algunos más. El proyecto ingresó formalmente a la Cámara de Diputados en abril de este año y fue “presentado” unos días después. El gobierno nacional, a través de la Secretaría de Culto, apoyó la iniciativa; el oficialista Frente para la Victoria, que es primera minoría legislativa, tenía un proyecto rival, pero aparentemente lo ha desechado o lo ha fundido con éste.

Para advertirnos de esta iniciativa y seguir las novedades se ha creado un grupo en Facebook, No a la ley de privilegio a las religiones de Cynthia Hotton, que recomiendo (las noticias de Alerta Religión que tengan que ver con este tema serán reposteadas allí).

Las objeciones que desde aquí podemos hacer al proyecto de ley se resumen en dos puntos:
  1. Todo lo bueno que hay en él, excepto la equiparación de la Iglesia Católica con las demás religiones, es innecesario, porque ya está contemplado por leyes más generales (por ejemplo, la agresión física, la intimidación, la disrupción de eventos y reuniones, etc.).
  2. Todo lo que no es redundante en el proyecto apunta a conceder a las religiones privilegios extraordinarios, adicionales a los que ya poseen.
El segundo punto es desde luego el más importante. Por un lado se les darían a las congregaciones religiosas ciertos privilegios, como exenciones impositivas y la inembargabilidad de los bienes, que no se les conceden a ningún tipo de organización secular; y por el otro, las facilidades que se otorgarían para el registro de nuevas religiones hacen que el proyecto sea una invitación al fraude: cualquiera puede acceder a estos privilegios injustos con un mínimo de trámites. Implícito en esto está la idea de que una organización religiosa es de alguna manera superior, más merecedora de existir y prosperar, que una organización de otro tipo; que la práctica de la religión es una actividad más provechosa para la sociedad que otras expresiones humanas; que una religión, a diferencia de otras actividades, es buena per se y no requiere justificativos para constituirse como organización protegida por el Estado.

Además de estos privilegios y otros, hay modificaciones al Código Penal que crean penas especiales para los delitos contra la práctica religiosa y sus ministros, formuladas con un lenguaje que admite interpretaciones represivas. Está penado insultar o amenazar a un ministro de cualquier religión, o a los fieles, durante un acto de culto. ¿Quién determina qué es un insulto? ¿El pastor o sacerdote? Aparentemente sí. También es delito, y con pena mayor a las normales, profanar un templo o dañar objetos sagrados. ¿Qué es sagrado? Lo define la religión.

Con esta ley, puedo juntar unos cuantos fieles, comprar una casa, declararla mi templo, hipotecarla y olvidarme de pagarlo; y para más seguridad, declarar que según mi religión, son sagrados los automóviles y las joyas de oro que he comprado con los diezmos de los creyentes, como así también mis libros contables. Asimismo constituye un insulto referirse a mí de otra manera que no sea como “Su Excelencia”, y cada vez que esto se hace debe depositarse un billete de diez pesos en una urna (también sagrada) que está en el templo; de lo contrario el templo queda profanado.

Si lo anterior suena como una caricatura, recuérdese que estamos hablando de Argentina, país donde todo es posible, y de religiones, donde todo, absolutamente todo, no importa cuán ridículo, es posible. Más seriamente, estamos hablando de una ley que permite graves abusos (la ocasión hace al ladrón, etc.) y que no parece tener otro objetivo que beneficiar a unos pocos (los líderes religiosos), discriminando a todos los demás. En Argentina hay discriminación racial y étnica, pero prácticamente no tenemos conflictos interreligiosos. Lo que sí hay es una gran variedad de prácticas religiosas y de saludable disenso dentro de las grandes religiones, que es una de las tantas cosas que esta ley puede amenazar. Ésta no es una ley para la libertad: es una ley para el privilegio de los que controlan el poder religioso.

7 comentarios:

  1. Mil gracias por la data. Usé este artículo como fuente para una nota en mi blog.

    Salud y libertad.

    D.

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  2. Da un poco de miedo leer esto, mande invitación a casi todos los contactos de Facebook. Más allá que todos la acepten, en contcreto ¿que es lo que podemos lograr con esto? además de informar.

    Saludos

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  3. Enzo: por lo pronto me limito a informar. Pero para empezar se pueden mandar mails a los diputados. Lo malo es que el proyecto se está moviendo muy en silencio, casi ningún periodista o crítico serio lo ha analizado o lo ha llevado al gran público. Que no te extrañe que lo aprueben calladitos y de apuro el día antes de que empiece el Mundial...

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  4. Jorge Lanata no dijo nada de esto?
    Se querrá ocupar de difundirlo?

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  5. Muy bueno el post. Te felicito por la claridad de concepto. Coincido contigo 100%. Saludos!

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